Alcance
El alcance de las
novedades de la nómina están delimitadas inicialmente por el reporte de cada una
de las mismas y finaliza con la afectación que tienen sobre la nómina
determinando el valor neto a pagar por cada trabajador.
DEVENGADOS |
a.
Sueldo :
El sueldo es el valor
básico de la contraprestación que tiene una persona como resultado de prestar
un servicio a otra de manera personal, pactada en el contrato de trabajo.
b.
Salario Mínimo Legal: Este salario es determinado por el Estado y su
objetivo es cubrir las necesidades básicas de los trabajadores, por lo tanto
nadie en el territorio nacional puede devengar menos de este salario, en
proporción a las horas laboradas de manera mensual. Para el año 2016 quedo
fijado un valor de $689.455.oo
c.
Salario Mínimo Integral: Este salario tiene como base el pago mínimo de 10
SMLV, para este año corresponde el valor de $6.894.550.oo, más el factor
prestacional, que hace referencia al valor de las cesantías, prima e intereses
a las cesantías, este factor corresponde a mínimo 3 SMLV, $2.068.365.oo y es
pactado entre las partes que será pagado mes a mes junto a su salario.
d. Auxilio
de Transporte: Este valor, está
determinado también por el estado y se ejecuta mediante un decreto emitido al
final de cada año y como su nombre lo indica, es un auxilio para efectos de
desplazamiento para los trabajadores, este se paga cuando el colaborador
devenga 2 SMLV o menos.
e.
Licencias Remuneradas : Dentro de esta categoría se encuentran las
diferentes licencias solicitadas por el trabajador y que el Empleador otorga
sin descontar los días de ausencia, entre otras encontramos la Licencia de
Maternidad, de Paternidad, Licencia por Luto, Licencia por calamidad doméstica.
f.
Horas Extra: Este item
hace referencia, a todas las horas adicionales que debe laborar el personal de
una compañía para cumplir con el objeto social, las cuales serán pagadas con
diferentes factores, dependiendo de la cantidad de horas y el horario
requerido.
g.
Recargos: Los
recargos se presentan cuando en el desarrollo de las funciones se manejan
turnos y se require laborar de noche o dias dominicales y festivos, pero
cumpliendo con el horario de 8 horas diarias, 48 horas semanales y 240 horas
mensuales.
h. Comisiones:
Este valor adicional, es pagado generalmente
al personal de ventas de una organización, con un porcentaje pactado en el
contrato de trabajo en donde se fijan las metas de venta o solo el pago
adicional por cada una de las ventas realizadas.
i.
Auxilios:
Dentro de esta categoría,
se encuentran los pagos adicionales que tienen como objetivo ayudar a los
trabajadores para que ejecuten a cabalidad sus funciones, teniendo en cuenta
las características demográficas que tienen, por ejemplo se encuentran los
auxilios de alimentación, de transporte, educativos, etc.
j.
Bonificaciones: Estos valores
son pagos definidos por el Empleador como reconocimiento a las metas alcanzadas
a nivel individual, por área o por la organización en general.
k. Rodamiento: Este
valor corresponde al pago de los costos de desplazamiento que tiene una persona
en cargos específicos como la mensajería.
l.
Viáticos: Constituyen
los valores entregados al trabajador cuando require viajar fuera de la ciudad
en donde presta sus servicios, los gastos que se generan son de alimentación,
alojamiento, transporte y de representación.
m. Vacaciones
Disfrutadas: Es el pago recibido por el período de vacaciones que
disfruta un trabajador.
n. Vacaciones
en dinero: Este monto, de acuerdo a la normatividad se entrega
cuando el trabajador por diferentes circunstancias no puede tomar los dias de
descanso pero se le debe reconocer el pago de sus vacaciones.
o.
Prima Extralegal: Este
pago también está definido por el empleador y lo paga cuando las utilidades de
su organización, lo permiten, como reconocimiento a la labor de los
colaboradores.
DEDUCCIONES |
a.
Aportes EPS : Este aporte es un descuento realizado al empleado
del 4% de su salario para cubrir su aporte a la Entidad Promotora de Salud.
b. Aportes
AFP : Este aporte es un descuento realizado al
empleado del 4% de su salario para cubrir su aporte al Fondo de Pensiones.
c.
Aportes FSP : Este aporte corresponde entre el 1% y 2% del salario del empleado y se descuenta a
las personas que devengan mas de 2 SMLV y hasta 25 SMLV.
d. Retención
en la Fuente: Este valor es un impuesto generado a los salarios y
se aplica de acuerdo a todos los ingresos del trabajador y a los alivios
tributaries que le aplican.
e.
Incapacidades : Las incapacidades pueden ser de origen laboral o de
enfermedad común y de acuerdo a su calificación se paga en un porcentaje
determinado, los días de la incapacidad son descontados del sueldo y deben ser
pagados o reconocidos por la EPS o la ARL, según sea el caso hasta 180 días,
luego de esto según calificación el Fondo de Pensiones entra a realizar el pago
de los demás días o determinar si el trabajador debe ser pensionado.
f.
Licencias no Remuneradas : Estas licencias hacen referencia a los permisos
especiales solicitados por los trabajadores, en donde se mantiene el vincula
laboral, pero no se pagan estos días ya que no se está generando el servicio
objeto del contrato de trabajo.
g.
Licencia de Maternidad: Los días de licencia de maternidad y paternidad son
descontados del sueldo pero pagados por la EPS.
h. Prestamos
:Este monto es descontado de acuerdo a los
convenios realizados entre la empresa y el trabajador, en ningún caso, se
cobrara intereses sobre el monto prestado por la compañía.
i.
Libranzas : El valor de las libranzas es notificado por los
bancos o por las cajas de compensación que realizan el préstamo al trabajador,
generalmente se descuenta una cuota fija mensual al trabajador.
j.
Embargos Judiciales : Este es un descuento obligatorio de acuerdo a la
notificación recibida de un juzgado para descontar del salario diferentes
montos para cubrir las obligaciones dejadas de cancelar por el trabajador.
k. Embargos
por Alimentos : Este descuento es la
cuota alimentaria descontada directamente del salario del trabjador para cubrir
las obligaciones con sus hijos.
l.
Fondo de Empleados : De
acuerdo a los pactos realizados, este descuento cubre la cuota de afiliacion,
aporte social o cuotas de prestamos o beneficios recibidos.
m.
Cuotas Sindicales : Si la compañía cuenta con un Sindicato, los aportes
al mismo se deben descontar por medio de la nómina.
APROPIACIONES |
Seguridad Social
b. Aportes AFP: El aporte de la empresa es del 12% para
ayudar a consolidar el valor del ahorro pensional del trabajador.
c.
Aportes ARL: Este aporte es el
realizado a la Aseguradora de Riesgos Laborales y va encaminado a cubrir los
riesgos que tiene el trabajador ejerciendo su labor, el cual tiene 5 tipos de
riesgo y se aporta de acuerdo a la calificación dada a cada cargo dentro de la
compañía.
d. Aportes CCF : Este aporte corresponde al 4% de todo los
ingresos percibidos por el trabajador y representan para este pertenecer a una
Caja de Compensación que provee servicios de capacitación, recreación y
subsidio familiar y de vivienda para los afiliados.
e.
Aportes SENA: El valor del aporte
corresponde al 2% del salario y se realiza por los trabajadores que tienen las
siguientes características : Trabajadores de Zonas Francas, Entidades sin ánimo
de lucro o que devenguen mas de 10 SMLV.
f.
Aportes ICBF: El valor del aporte
corresponde al 3% del salario y se realiza por los trabajadores que tienen las
siguientes características : Trabajadores de Zonas Francas, Entidades sin ánimo
de lucro o que devenguen mas de 10 SMLV.
Prestaciones Sociales
a.
Prima de Servicios :
Este
valor se paga de manera equivalente al tiempo laborado por el trabajador y en
su total corresponde a 1 sueldo anual, el cual es pagado 50% el 30 de junio y
el 50% el 20 de diciembre de cada año laborado o en el momento de realizar la liquidación
del contrato de trabajo.
b. Cesantías : Así como la prima, corresponde a un sueldo
anual y se paga de manera equivalente al tiempo laborado en la liquidación del
contrato laboral, pero si se encuentra en la compañía en el mes de enero del
año siguiente al laborado, este valor es consignado a un Fondo de Cesantías,
quien es el encargado de administrar el dinero para ser entregado al trabajador
para Estudios, compra o mejora de vivienda o al encontrarse cesante.
c.
Intereses a las
Cesantías : Teniendo en cuenta
que el monto de las cesantías es una apropiación, en Enero 31 de cada año, se
deben pagar los intereses generados por la conservación de dicho dinero en las
provisiones de la compañía, el cual corresponde al 12% anual.
d. Vacaciones :
Este valor corresponde a los días de descanso que por ley debe tomar
todo trabajador, esto corresponde a 15 días hábiles, pero si no son tomados,
deben ser pagados en dinero en la liquidación del contrato laboral.