miércoles, 10 de febrero de 2016

ALCANCE Y NATURALEZA DE LAS NOVEDADES DE NOMINA





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Alcance 

El alcance de las novedades de la nómina están delimitadas inicialmente por el reporte de cada una de las mismas y finaliza con la afectación que tienen sobre la nómina determinando el valor neto a pagar por cada trabajador.


DEVENGADOS

a.        Sueldo :  El sueldo es el valor básico de la contraprestación que tiene una persona como resultado de prestar un servicio a otra de manera personal, pactada en el contrato de trabajo.
 b.       Salario Mínimo Legal: Este salario es determinado por el Estado y su objetivo es cubrir las necesidades básicas de los trabajadores, por lo tanto nadie en el territorio nacional puede devengar menos de este salario, en proporción a las horas laboradas de manera mensual.  Para el año 2016 quedo fijado un valor de $689.455.oo
 c.        Salario Mínimo Integral: Este salario tiene como base el pago mínimo de 10 SMLV, para este año corresponde el valor de $6.894.550.oo, más el factor prestacional, que hace referencia al valor de las cesantías, prima e intereses a las cesantías, este factor corresponde a mínimo 3 SMLV, $2.068.365.oo y es pactado entre las partes que será pagado mes a mes junto a su salario.
 d.       Auxilio de Transporte: Este valor, está determinado también por el estado y se ejecuta mediante un decreto emitido al final de cada año y como su nombre lo indica, es un auxilio para efectos de desplazamiento para los trabajadores, este se paga cuando el colaborador devenga 2 SMLV o menos. 
e.        Licencias Remuneradas : Dentro de esta categoría se encuentran las diferentes licencias solicitadas por el trabajador y que el Empleador otorga sin descontar los días de ausencia, entre otras encontramos la Licencia de Maternidad, de Paternidad, Licencia por Luto, Licencia por calamidad doméstica. 
f.         Horas Extra:  Este item hace referencia, a todas las horas adicionales que debe laborar el personal de una compañía para cumplir con el objeto social, las cuales serán pagadas con diferentes factores, dependiendo de la cantidad de horas y el horario requerido. 
g.        Recargos: Los recargos se presentan cuando en el desarrollo de las funciones se manejan turnos y se require laborar de noche o dias dominicales y festivos, pero cumpliendo con el horario de 8 horas diarias, 48 horas semanales y 240 horas mensuales. 
h.       Comisiones: Este valor adicional, es pagado generalmente al personal de ventas de una organización, con un porcentaje pactado en el contrato de trabajo en donde se fijan las metas de venta o solo el pago adicional por cada una de las ventas realizadas. 
i.          Auxilios:  Dentro de esta categoría, se encuentran los pagos adicionales que tienen como objetivo ayudar a los trabajadores para que ejecuten a cabalidad sus funciones, teniendo en cuenta las características demográficas que tienen, por ejemplo se encuentran los auxilios de alimentación, de transporte, educativos, etc. 
j.         Bonificaciones:  Estos valores son pagos definidos por el Empleador como reconocimiento a las metas alcanzadas a nivel individual, por área o por la organización en general. 
k.       Rodamiento:  Este valor corresponde al pago de los costos de desplazamiento que tiene una persona en cargos específicos como la mensajería. 
l.          Viáticos: Constituyen los valores entregados al trabajador cuando require viajar fuera de la ciudad en donde presta sus servicios, los gastos que se generan son de alimentación, alojamiento, transporte y de representación.  
m.     Vacaciones Disfrutadas:  Es el pago recibido por el período de vacaciones que disfruta un trabajador.  
n.       Vacaciones en dinero:  Este monto, de acuerdo a la normatividad se entrega cuando el trabajador por diferentes circunstancias no puede tomar los dias de descanso pero se le debe reconocer el pago de sus vacaciones.  
o.        Prima Extralegal:  Este pago también está definido por el empleador y lo paga cuando las utilidades de su organización, lo permiten, como reconocimiento a la labor de los colaboradores.

DEDUCCIONES

a.        Aportes EPS : Este aporte es un descuento realizado al empleado del 4% de su salario para cubrir su aporte a la Entidad Promotora de Salud.
b.       Aportes AFP : Este aporte es un descuento realizado al empleado del 4% de su salario para cubrir su aporte al Fondo de Pensiones.
c.        Aportes FSP : Este aporte corresponde entre el 1%  y 2% del salario del empleado y se descuenta a las personas que devengan mas de 2 SMLV y hasta 25 SMLV.
d.       Retención en la Fuente:  Este valor es un impuesto generado a los salarios y se aplica de acuerdo a todos los ingresos del trabajador y a los alivios tributaries que le aplican.
e.        Incapacidades : Las incapacidades pueden ser de origen laboral o de enfermedad común y de acuerdo a su calificación se paga en un porcentaje determinado, los días de la incapacidad son descontados del sueldo y deben ser pagados o reconocidos por la EPS o la ARL, según sea el caso hasta 180 días, luego de esto según calificación el Fondo de Pensiones entra a realizar el pago de los demás días o determinar si el trabajador debe ser pensionado.
f.         Licencias no Remuneradas : Estas licencias hacen referencia a los permisos especiales solicitados por los trabajadores, en donde se mantiene el vincula laboral, pero no se pagan estos días ya que no se está generando el servicio objeto del contrato de trabajo.
g.        Licencia de Maternidad: Los días de licencia de maternidad y paternidad son descontados del sueldo pero pagados por la EPS.
h.       Prestamos :Este monto es descontado de acuerdo a los convenios realizados entre la empresa y el trabajador, en ningún caso, se cobrara intereses sobre el monto prestado por la compañía.
i.          Libranzas : El valor de las libranzas es notificado por los bancos o por las cajas de compensación que realizan el préstamo al trabajador, generalmente se descuenta una cuota fija mensual al trabajador.
j.         Embargos Judiciales : Este es un descuento obligatorio de acuerdo a la notificación recibida de un juzgado para descontar del salario diferentes montos para cubrir las obligaciones dejadas de cancelar por el trabajador.
k.       Embargos por Alimentos : Este descuento es la cuota alimentaria descontada directamente del salario del trabjador para cubrir las obligaciones con sus hijos.
l.          Fondo de Empleados :  De acuerdo a los pactos realizados, este descuento cubre la cuota de afiliacion, aporte social o cuotas de prestamos o beneficios recibidos.
m.     Cuotas Sindicales : Si la compañía cuenta con un Sindicato, los aportes al mismo se deben descontar por medio de la nómina.

APROPIACIONES

Seguridad Social

 a.        Aportes EPS:  A la empresa le corresponde pagar el 8.5% del aporte a la EPS, de acuerdo a las condiciones del trabajador (Trabajadores de Zonas Francas, Entidades sin ánimo de lucro o que devenguen mas de 10 SMLV)
 b.       Aportes AFP: El aporte de la empresa es del 12% para ayudar a consolidar el valor del ahorro pensional del trabajador. 
c.        Aportes ARL: Este aporte es el realizado a la Aseguradora de Riesgos Laborales y va encaminado a cubrir los riesgos que tiene el trabajador ejerciendo su labor, el cual tiene 5 tipos de riesgo y se aporta de acuerdo a la calificación dada a cada cargo dentro de la compañía. 
d.       Aportes CCF : Este aporte corresponde al 4% de todo los ingresos percibidos por el trabajador y representan para este pertenecer a una Caja de Compensación que provee servicios de capacitación, recreación y subsidio familiar y de vivienda para los afiliados. 
e.        Aportes SENA: El valor del aporte corresponde al 2% del salario y se realiza por los trabajadores que tienen las siguientes características : Trabajadores de Zonas Francas, Entidades sin ánimo de lucro o que devenguen mas de 10 SMLV.
f.         Aportes ICBF: El valor del aporte corresponde al 3% del salario y se realiza por los trabajadores que tienen las siguientes características : Trabajadores de Zonas Francas, Entidades sin ánimo de lucro o que devenguen mas de 10 SMLV. 

Prestaciones Sociales

a.        Prima de Servicios : Este valor se paga de manera equivalente al tiempo laborado por el trabajador y en su total corresponde a 1 sueldo anual, el cual es pagado 50% el 30 de junio y el 50% el 20 de diciembre de cada año laborado o en el momento de realizar la liquidación del contrato de trabajo.
b.       Cesantías : Así como la prima, corresponde a un sueldo anual y se paga de manera equivalente al tiempo laborado en la liquidación del contrato laboral, pero si se encuentra en la compañía en el mes de enero del año siguiente al laborado, este valor es consignado a un Fondo de Cesantías, quien es el encargado de administrar el dinero para ser entregado al trabajador para Estudios, compra o mejora de vivienda o al encontrarse cesante.
c.        Intereses a las Cesantías :  Teniendo en cuenta que el monto de las cesantías es una apropiación, en Enero 31 de cada año, se deben pagar los intereses generados por la conservación de dicho dinero en las provisiones de la compañía, el cual corresponde al 12% anual.
d.       Vacaciones :  Este valor corresponde a los días de descanso que por ley debe tomar todo trabajador, esto corresponde a 15 días hábiles, pero si no son tomados, deben ser pagados en dinero en la liquidación del contrato laboral.


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